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IIª República |
Discursos Políticos |
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Programa del PSOE. Madrid, enero de 1934 |
1. Todas las tierras de España se declararán de la propiedad del Estado, suprimiéndose, por consiguiente, el pago de la renta a particulares, renta que, en todo caso, habría de percibir el Estado, los municipios o aquellas otras comunidades o corporaciones de carácter público en quienes delegará el Estado sus derechos. En aquellas zonas donde la propiedad agrícola tenga carácter minifundista las tierras seguirán en posesión de quienes actualmente las cultivan mediante el pago del canon que se estableciese conforme a la estructura económica que queda apuntada. En las zonas donde la propiedad agrícola tiene predominante carácter de latifundio se procurará el establecimiento de explotaciones colectivas, bien a cargo del Estado, de los municipios o de comunidades de campesinos que al efecto se constituyan debiendo el Estado asumir por medio de su personal facultativo la dirección técnica de estas explotaciones agrícolas colectivas. |
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2. Radicando el porvenir de la agricultura española en el aprovechamiento de todos los regadíos que permitirán vivir a costa de la tierra a un número enorme de familias muy superior al de las que actualmente se consagran a la labor campesina y siendo insuficientes las consignaciones del presupuesto ordinario del estado puedan ser destinadas a las obras hidráulicas para que estas lleven aquel ritmo acelerado que resulta más que conveniente, indispensable, se procederá a la captación de la mayor parte posible del ahorro nacional para, asegurándole un interés prudencial, invertirlo en la pronta realización de esas obras hidráulicas, con lo cual se facilitaría, de momento, trabajo a bastantes militares de obreros y quedaría garantizado el próximo asentamiento en excelentes condiciones de una masa considerable de labradores. Esta operación podría realizarse mediante un consorcio entre el Estado, la entidad federativa de las Cajas de Ahorros y la Banca oficial, quedando en hipoteca las tierras regables que, como las demás y en virtud de la propuesta en el artículo 1.º de este programa, había de ser objeto de incautación por parte del Estado. |
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3. Reforma radical de la enseñanza pública modificando la organización de la enseñanza superior, de manera que a ella no tenga acceso sino aquellos alumnos que hubiesen demostrado en la enseñanza primaria y en la secundaria un grado de capacitación plenamente demostrado de que habría de ser para ellos enteramente provechosa la permanencia en las universidades y escuelas especiales. La realización de esta idea se verificará encargándose el Estado de modo total del sostenimiento de aquellos alumnos que ya en la escuela de primeras letras evidenciaran condiciones especiales de talento, que, observadas por el respectivo maestro, fuesen comprobadas por las juntas pedagógicas que se encargarán del traslado de estos niños a centros de enseñanza primaria que mediante una organización especial aprovecharán mejor las condiciones excepcionales de esos alumnos. Idéntico procedimiento se seguirá respecto a ellos en la enseñanza secundaria. De esta forma la Universidad tendría cerrado su acceso a quienes actualmente pululan en ella sin más méritos que los procedentes de una situación privilegiada económicamente, llegando únicamente hasta su recinto los que acreditasen la capacidad suficientemente para evitar la esterilización del esfuerzo universitario. Señalando los cupos correspondientes de licenciados de todas las facultades y titulados de las escuelas especiales habrían de limitarse al número de estos centros derivando el esfuerzo del Estado que así quedará sobrante a la creación de escuelas profesionales que perfeccionarán los conocimientos técnicos del obrero y aumentarán su cultura general. |
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4. No existiendo en España una religión disidente, de potencia bastante para mantener en su rivalidad con la Iglesia católica el mínimo de libertad de conciencia exigible en un pueblo civilizado y siendo notorio el afán bárbaramente intransigente de los católicos españoles que conducirían al mantenimiento del fanatismo religioso pese a la separación de la Iglesia y del Estado y de las leyes laicas hasta ahora votadas por la República procedente de la disolución de todas las órdenes religiosas y la incautación de sus bienes, más la expulsión del territorio nacional de los miembros de aquellas que por su pasada actuación se considerasen más peligrosas para las nuevas instituciones. |
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5. Disolución del ejército y reorganización inmediata del mismo a base de la reducción de sus contingentes, de la separación de todos los generales, jefes y oficiales sin más excepción que la de aquellos que hubiesen revelado sin tibieza su adhesión al régimen y dando paso incluso a los más relevantes puestos de mando, en forma democrática, a quienes a partir de su ingreso en filas como soldados hubiesen demostrado las necesarias condiciones de capacidad, haciendo en suma que, según la frase de Napoleón, "pueda ir en la mochila de cualquier soldado de bastón de mariscal". |
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6. Disolución de la Guardia Civil y reorganización de todos los institutos armados al servicio del Estado sobre las mismas bases democráticas diseñadas para reformar el ejército y con la condición indispensable de una adhesión verdaderamente leal al nuevo régimen. Núcleo principal de estos institutos sería una milicia reclutada exclusivamente, preponderantemente entre los afiliados a las organizaciones que realicen la transformación apuntada en este programa. |
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7. Modificación esencial de todos los órganos de la administración pública a base de una mayor flexibilidad y eficiencia de los mismos, de un riguroso cumplimiento de los deberes por parte de todos los funcionarios, de una revisión implacable de las condiciones de capacidad de los mismos y de una separación de aquellos que por su desafecto al régimen lo sabotearon en una u otra forma. |
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8. No siendo conveniente realizar de momento de la mayor parte de la industria española modificaciones esencialmente socializadoras que ofrecerían por su complejidad los peligros de un fracaso ante las circunstancias de la debilidad incipiente de nuestra industria, el programa en este aspecto quedaría, por ahora, limitado a una serie de medidas encaminadas al mejoramiento moral y material de los trabajadores industriales, cuidando de su dignificación e independencia y ofreciéndoles los medios de controlar la marcha de aquellas organizaciones industriales a cuyo servicio están adscritos. |
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9. Reforma de nuestro sistema tributario partiendo de la modificación de las cuotas en el impuesto de la renta y en las transmisiones hereditarias principalmente. |
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10. Todas las medidas derivadas de los puntos enunciados en este programa serían implantadas rápidamente mediante decretos para los cuales en su día se habría de solicitar la convalidación por los órganos legislativos que libremente se diera al pueblo y estimando que este programa revolucionario no obtendría el asentimiento de quien ahora desempeña la presidencia de la República procedería la cesación de este en sus funciones. |
Procedencia: Dolores Ibárruri y VVAA. Guerra y revolución en España. 1936-1939. Moscú, 1966(Universidad Alfonso X El Sabio). |
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Manifiesto de Manzanares. Madrid, 6 de julio de 1854 |
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Manifiesto del Núcleo Fundacional de la AIT. Madrid, 24 de enero de 1869 |
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Manifiesto de los Notables. Madrid, 9 de enero de 1876 |
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Programa del PSOE. Madrid, 20 de julio de 1879 |
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Programa de Unión Republicana. Madrid, febrero de 1911 |
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Programa Anarquista. Agosto de 1917 |
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Programa Electoral PCE. Madrid, 30 de febrero de 1933 |
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Los 27 Puntos de la Falange. Madrid, octubre de 1934 |
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Programa del Frente Popular. Madrid, 15 de enero de 1936 |
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